miércoles

¿Cerrar el Congreso es la solución?

                                                                                                        Por Octavio Salazar Miranda 
 
 
El 15 de julio en las páginas de este diario señalamos que el Congreso elige al Defensor del Pueblo y los integrantes del Tribunal Constitucional, porque así lo establece la Constitución y por ser depositario de la representación popular (modelo que hemos importado del contexto europeo continental).
 
Advertimos, también, que la responsabilidad del Parlamento en la selección y elección de estos magistrados repercutiría en la política, en la economía y en la sociedad, cuando se materialicen en la expedición de sentencias constitucionales e informes defensoriales y que, por lo tanto, todos los candidatos propuestos debían reunir requisitos indispensables para ejercer el cargo, como el poseer una sólida formación jurídica; conocimiento del sistema interamericano de derechos humanos; capacidad de análisis interdisciplinario; capacidad para buscar el consenso, una vez detectadas las mejores opciones para emitir sus resoluciones, etc.
 
La votación del 16 de julio, promovida y luego petardeada por el propio presidente Ollanta Humala, demostró que somos los políticos y no el diseño institucional de elección de estos altos funcionarios (que siendo perfectible, en esencia sigue siendo válido), quienes no hemos hecho bien nuestro trabajo.
 
Sin embargo, lo que llama a preocupación es la actuación ambivalente del primer mandatario de la nación en todo este proceso eleccionario, luego de haber tenido una activa participación en él. Y no es la primera vez.
 
El presidente Humala, sea directamente o través de sus voceros, ha venido confrontando adrede, y casi simultáneamente, a los empresarios, a los empleados públicos, a Fuerza Popular, a sus exaliados de izquierda y, ahora, quitándole la alfombra a su aliado chakano. ¿Por qué se abre tantos frentes? ¿Inexperiencia o premeditación?
 
Una explicación del estilo de gestión presidencial la brinda Martín Tanaka, según la cual este gobierno se entiende mejor como uno más bien sin proyecto, en el que se desarrollan iniciativas paralelas, que avanzan con una lógica de ensayo y error, que coexisten y que eventualmente se enfrentan, en donde en ocasiones unas ganan y otras pierden, pero nunca de manera definitiva.
En ese contexto, la actual crisis política está generando un severo cuestionamiento ciudadano por la decisión del Congreso, aunque direccionada desde Palacio de Gobierno. Esta vez, como anota Juan de la Puente, la raíz del problema no "encuentra un conflicto social o demanda laboral, las circunstancias que han poblado las calles de reclamantes en la última década. La interpelación de estos días es política pura en estado sólido. Pero es más que eso; lo que se registra es la evolución inicial de la insatisfacción en indignación".
 
Entonces, más allá de cuestionar la representatividad de las protestas (tuiteritos, unos cuantos universitarios u opinólogos), lo cierto es que se está gestando un creciente cuestionamiento, tanto al actual sistema político de partidos que forman parte de él (oficialismo y oposición), como de otras instituciones. No podemos cegarnos ante esa realidad.
 
¿Se soluciona el problema convocando a una Asamblea Constituyente, cerrando el Congreso, como pretenden militantes del partido de gobierno? Obviamente que no, sin embargo habría que preguntarle al primer mandatario de la nación, si piensa lo mismo que los militantes de su partido.

lunes

¿DEBE EL CONGRESO ELEGIR AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y AL DEFENSOR DEL PUEBLO?

Finalmente se logró consensuar la terna de candidatos a integrar el Tribunal Constitucional (TC), la Defensoría del Pueblo y el Banco Central de Reserva (BCR), que será sometida para su aprobación por la representación nacional en los próximos días.
Sin embargo considero importante hacer algunas reflexiones sobre este proceso de designación, especialmente respecto a los que tendrán las mismas prerrogativas e inmunidades que los congresistas (miembros del TC y el Defensor de Pueblo).



Desde hace nueve años los medios de comunicación, los analistas y autocríticamente hasta los propios electores (los parlamentarios) critican severamente al Congreso, y con razón, la falta de acuerdo político-parlamentario para elegir a los magistrados y funcionarios de las instituciones mencionadas.
El cuestionamiento nos devuelve entonces a un nivel básico en el debate. ¿No tiene acaso el Parlamento como depositario de la representación nacional las facultades para designar a los altos funcionarios del Estado? ¿No están concebidas así sus labores en la Constitución, que por cierto son semejantes a la de muchos países democráticos de América del Sur y de la Europa Continental?
En efecto, los Tribunales Constitucionales existentes de América del Sur, la idoneidad jurídica en la elección de sus miembros reposa en la legitimidad político-democrática indirecta.
En Colombia, la Corte Constitucional está integrada de nueve magistrados los cuales son nombrados por el Senado, uno de cada una de las tres ternas presentadas por el Presidente de la República; uno de cada una de las tres presentadas por la Corte Suprema de Justicia y uno de cada una de las tres presentadas por el Consejo de Estado.
En Chile, la Constitución, en su artículo 92º, estableció a partir de la vigencia de la reforma constitucional de 2005, en enero de 2006, una integración del TC de diez magistrados: tres magistrados por el Presidente de la República sin control interorgánico; cuatro magistrados elegidos por el Congreso de la República (dos por el senado y dos por diputados); y la Corte Suprema que elige tres magistrados, de fuera de dicha Corte. Todos los ministros del TC tienen un mandato de nueve años.
 
 
En síntesis, los órganos que nombran magistrados  en los Tribunales Constitucionales de Sudamérica son los mismos que operan en el contexto europeo y del derecho comparado.
En ese orden de ideas, se puede apreciar que la participación del parlamento y del gobierno en el nombramiento de la mayor parte de los magistrados o todos los magistrados (Alemania, España, Italia, Austria, Albania, Armenia, Bélgica, Bielorrusia, Croacia, Polonia, República Checa, Chipre, Eslovaquia, Malta, Moldavia, Rumania, Rusia, etc), les otorga la legitimidad democrática indirecta.
Si el diseño institucional para la elección de los integrantes del TC y el Defensor del Pueblo es similar al de otros países de la región y del mundo, que falla entonces ¿el diseño institucional o los políticos? Una de las respuestas radica en la conformación del Poder Legislativo en los últimos trece años: con mayoría precaria del partido de gobierno y con la presencia de alianzas electorales coyunturales, que luego se dispersan, dificultando la adopción de acuerdos, la reforma del sistema de partidos y el sistema electoral vigente es la que resultaría necesaria implementar.
En el contexto descrito, los parlamentarios elegiremos a nuestros controladores (TC) y fiscalizadores (DP), quienes no deberán tener lealtad a sus electores "congresales".
En otras palabras, la política, donde prima la subjetividad y apasionamiento se subordina al derecho, donde prima la objetividad, luego de esta elección.
Por lo tanto, la responsabilidad que tiene el Parlamento nacional en la selección y elección de los magistrados del TC y del Defensor del Pueblo repercutirá en la política, en la economía y en la sociedad, cuando se materialicen en la expedición de sentencias constitucionales e informes defensoriales.
Ojala que los candidatos propuestos, no algunos, todos, reúnan requisitos indispensables para ejercer el cargo, como tener una sólida formación jurídica; conocimiento del sistema interamericano de derechos humanos; capacidad de análisis interdisciplinario; capacidad para buscar el consenso, una vez detectadas las mejores opciones para emitir sus resoluciones, entre otras cualidades. Tenemos aún tiempo para realizar una reflexión adicional y tomar la mejor decisión.