sábado

Congresista Octavio Salazar estará en Chao

En su jornada de representación congresal, hoy el congresista Octavio Salazar, quien es uno de los congresistas que lidera la lista de parlamentarios que más proyectos de ley ha presentado a la fecha ante el Congreso de la República, se reunirá con los integrantes de la Federación Distrital de las Rondas Campesinas y Urbanas en Chao y también participará en la ceremonia de inauguración del módulo de TBC de Chao.
Ayer por la tarde sostuvo una audiencia pública con los comerciantes del Mercado Autogestionario El Progreso de Trujillo, con quienes dialogó acerca de la situación legal de los terrenos que ocupan, así como de la situación de inseguridad ciudadana y del aumento de la delincuencia que afecta a los comerciantes y pobladores de la zona.     
También en la jornada de ayer anunció la presentación de un proyecto de ley que precise la función de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de apoyo a la Policía Nacional y se evite su uso político de parte de algunos municipios durante la reunión de trabajo que sostuvo  con los representantes de las citadas juntas en la Oficina de Enlace Congresal.
Además realizó un llamado para que los alcaldes cumplan con la ley, apoyen y respeten el accionar de las juntas vecinales de Seguridad Ciudadana que no se pueden utilizar con fines políticos. “Las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana son el pilar en la lucha contra la delincuencia y cumplen un papel muy importante de colaboración con las autoridades en beneficio de la población, por ello deben ser la prioridad en lo que se refiere al apoyo desde las municipalidades distritales, provinciales y el gobierno regional”, comentó. 
Lima, 28 de octubre de 2011          
Oficina de Prensa y RR.PP.
Congresista Octavio Salazar

viernes

ANUNCIAN PROYECTO DE LEY PARA EVITAR USO POLÍTICO DE JUNTAS VECINALES DE SEGURIDAD CIUDADANA

La presentación de un proyecto de ley que precise la función de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de apoyo a la Policía Nacional y se evite su uso político de parte de algunos municipios planteó el congresista Octavio Salazar (Fuerza 2011) durante la reunión de trabajo que sostuvo hoy en la mañana con los representantes de las citadas juntas en la Oficina de Enlace Congresal del parlamentario liberteño. 
“Veo que existe un divorcio entre las Juntas Vecinales y sus verdaderas funciones de seguridad ciudadana que comprende una visión integral de prevención en diversas áreas y también de acción frente a la delincuencia, esa situación es preocupante”, dijo.   
Además realizó un llamado para que los alcaldes cumplan con la ley, apoyen y respeten el accionar de las juntas vecinales de Seguridad Ciudadana que no se pueden utilizar con fines políticos. “Las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana son el pilar en la lucha contra la delincuencia y cumplen un papel muy importante de colaboración con las autoridades en beneficio de la población, por ello deben ser la prioridad en lo que se refiere al apoyo desde las municipalidades distritales, provinciales y el gobierno regional”, comentó. 
Durante la jornada de trabajo, los participantes de El Porvenir, Víctor Larco, El Alambre, Salaverry, Laredo y La Esperanza expresaron su preocupación por el actual limitado apoyo que reciben y por las intenciones de algunos alcaldes de utilizar a las juntas vecinales con fines políticos para beneficio de esas gestiones edilicias.
Añadieron que los hechos mencionados han ocasionado que en estos momentos se experimente una reducción considerable de las tareas de seguridad ciudadana desde las juntas vecinas y la sociedad civil, ya que ante el poco apoyo recibido se ven obligados a reducir sus actividades y limitar su presencia en sus respectivas jurisdicciones con el consiguiente perjuicio para los vecinos de la zona que se ven expuestos ante la delincuencia y la criminalidad.          
Labor legislativa
En lo referido a este tema, una de las 10 iniciativas legislativas presentadas por el congresista Octavio Salazar plantea imponer sanción a las autoridades locales y regionales que no instalen ni convoquen a su respectivo Comité de Seguridad Ciudadana.
Informó además que de acuerdo a las cifras del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, en La Libertad ya juramentaron 24 comités y quedan por juramentar 59; en tanto que quedan 74 planes de seguridad por formular y 70 secretarios técnicos por acreditar.
Detalló además que ya que la seguridad ciudadana es una tarea que convoca a todos, resulta preocupante que falten instalar 991 comités distritales de seguridad ciudadana en todo el país, que representa el 60.50% del total; mientras que los comités provinciales de seguridad ciudadana por instalar suman 64, que significa el 32.99% del total. 
Además falta elaborar planes de seguridad ciudadana que el ámbito distrital que asciende a 1318 (80.46%); en el ámbito provincial la cifra es 118 (60.82%), en tanto que a nivel de los gobiernos regionales faltan elaborar 11 planes de seguridad ciudadana.
Cabe resaltar que como parte de su labor legislativa, y siguiendo su interés por la seguridad ciudadana, ya se convirtió en ley la propuesta del congresista Salazar de crear el Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC), que permitirá contar con una política de Estado para combatir la delincuencia con medidas que resulten de un trabajo articulado entre instituciones como el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y las autoridades locales y regionales. 
Lima, 28 de octubre de 2011      
Oficina de Prensa y RR.PP.
Congresista Octavio Salazar

jueves

CONGRESISTA OCTAVIO SALAZAR REALIZARÁ AUDIENCIA PÚBLICA EN MERCADO EL PROGRESO

Segundo viaje de representación congresal
CONGRESISTA OCTAVIO SALAZAR REALIZARÁ AUDIENCIA PÚBLICA EN MERCADO EL PROGRESO
En su segundo viaje de representación regional, el congresista Octavio Salazar sostendrá mañana viernes 28 de octubre a partir de las 10 de la mañana una reunión de trabajo con los integrantes de las juntas vecinales de seguridad ciudadana de la ciudad. La reunión se realizará en la sede de la Oficina de Enlace Congresal, Jr. Independencia 431, oficina 222.
Por la tarde participará de una audiencia pública en el Mercado El Progreso, donde además estará presente en la juramentación de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana. Uno de los temas de prioridad de la mencionada audiencia pública será el análisis y el planteamiento de propuestas en lo referido a la lucha contra le delincuencia y la seguridad ciudadana.
Posteriormente, el día sábado el congresista estará presente en la una reunión coordinada con la Federación Distrital de las Rondas Campesinas y Urbanas en Chao y también participará en la ceremonia de inauguración del módulo de TBC de Chao, para luego asistir a la Audiencia Pública Parlamentaria de la IX Calzaferia Internacional en El Porvenir.
Primer paquete de proyectos de ley contra delincuencia
Como parte de su labor legislativa, y siguiendo su interés por la seguridad ciudadana, el congresista Octavio Salazar a la fecha ha presentado el primer paquete de iniciativas legislativas consistente en 10 proyectos de ley referidos a la seguridad ciudadana, entre los cuales ya se convirtió en ley la propuesta de crear el Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC), que permitirá contar con una política de Estado para combatir la delincuencia con medidas que resulten de un trabajo articulado entre instituciones como el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y las autoridades locales y regionales. 
Otra de las iniciativas legislativas plantea imponer sanción a las autoridades locales y regionales que no instalen ni convoquen a su respectivo Comité de Seguridad Ciudadana. Ya que la seguridad ciudadana es una tarea que convoca a todos, resulta preocupante que falten instalar 991 comités distritales de seguridad ciudadana en todo el país, que representa el 60.50% del total; mientras que los comités provinciales de seguridad ciudadana por instalar suman 64, que significa el 32.99% del total.  Además falta elaborar planes de seguridad ciudadana que el ámbito distrital que asciende a 1318 (80.46%); en el ámbito provincial la cifra es 118 (60.82%), en tanto que a nivel de los gobiernos regionales faltan elaborar 11 planes de seguridad ciudadana.     
 Lima, 27 de octubre de 2011
Oficina de Prensa y RR.PP.        
Congresista Octavio Salazar
Contactos: Lic. Ysabel Limache R. RPM: #990073259/ Nextel: 946364334

martes

CONGRESISTA OCTAVIO SALAZAR ESCUCHARÁ A POBLACIÓN

En su segundo viaje de representación regional y en cumplimiento de su función de representación, el congresista Octavio Salazar sostendrá una serie de reuniones con representantes de organizaciones sociales de diversos lugares de La Libertad, a fin de escuchar su problemática y canalizar propuestas de solución.
Mañana miércoles por la tarde sostendrá reuniones con gremios agrarios de San Pedro de Lloc para conocer sus demandas prioritarias y recoger sus iniciativas referidas al mejoramiento de las actividades productivas de la zona, así como sus requerimientos en materia de seguridad ciudadana.
El día jueves, entre otras actividades, el parlamentario recibirá a los ciudadanos en la oficina de enlace congresal, en tanto el viernes sostendrá una reunión con los pobladores de El Progreso. El día sábado el congresista participará de una reunión con la Federación Distrital de las Rondas Campesinas y Urbanas en Chao y también participará en la ceremonia de inauguración del módulo de TBC de Chao, para luego asistir a la Audiencia Pública Parlamentaria de la IX Calzaferia Internacional.      
 Lima, 25 de octubre de 2011
Oficina de Prensa y RR.PP.        
Congresista Octavio Salazar

lunes

“Cuando aumenten los ingresos de los policías se puede hablar de restringir ascensos”

“Cuando se cuente con una nueva escala de salarios en ese momento se puede hablar de restringir el número de ascensos en la Policía Nacional, pero no antes. Esta situación de reducir el número de coroneles, comandantes o mayores afecta de manera directa la calidad de vida de las familias de los efectivos policiales, ya que al reducirse sus posibilidades de ascenso se reducen también sus opciones de mejorar sus ingresos económicos”, afirmó el congresista Octavio Salazar (Fuerza 2011).
Añadió que está pendiente una reforma salarial y mientras ello no suceda no se puede adoptar una medida de esta naturaleza. 
Sostuvo que este mismo problema lo tiene la Fuerza Armada,  ya que en ninguna institución castrense se tiene una pirámide completa y ello es porque se carece de una escala remunerativa que compense la canasta familiar. “Se pondera ascensos porque no hay aumentos de sueldos. Cuando el gobierno apruebe la nueva escala remunerativa entonces podemos empezar a ir restringiendo el número de ascensos, pero no antes porque se afectaría directamente la calidad de vida de la familia policial y esta situación determinará la salida de la institución de valiosos oficiales  por un tema de mejores oportunidades”, refirió.
Dijo también que en la Policía Nacional del Perú se habla de una reingeniería institucional pero se desconoce el sustento técnico para fijar sólo en 20 los generales que la institución se dice necesita, 2 de servicio y 18 de armas, cuando se trata de una institución de 104 mil efectivos.  Es necesario conocer el estudio técnico que sustente esta decisión
Agregó que un aspecto que se debe ponderar son los efectos de estos cambios en la lucha contra la delincuencia y las tareas de la seguridad ciudadana al romperse la cadena de mando en las direcciones territoriales y al encomendar tareas a coroneles, con lo cual coroneles tendrán a su mando a otros coroneles. “Sin embargo se ha afirmado que también se reducirá el número de coroneles. Finalmente ¿quiénes se quedarán?, ¿cómo se les evaluará?”,  sostuvo.
Expresó que la medida adoptada a nivel de la Policía Nacional desestabilizará a la institución y ello debe generar una mayor preocupación, ya que esta situación se traducirá en las calles y en el tema de  la seguridad ciudadana. 
“También se habla de volver a la especialización en la Policía Nacional pero no se está considerando que esas especialidades deben responder a los nuevos tiempos y a las nuevas expresiones de la delincuencia y el crimen organizado. Se debe considerar como especialidades a la prevención; la investigación; la criminalística; la fuerza especial  Dinoes e Inteligencia”, planteó.
Lima, 17 de octubre de 2011
Oficina de Prensa congresista Octavio Salazar

jueves

El país contará con política de Estado para combatir delincuencia

El congresista Octavio Salazar (Fuerza 2011) saludó la creación del Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC) que permitirá contar con una política de Estado para combatir la delincuencia con medidas que resulten de un trabajo articulado entre instituciones como el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y las autoridades locales y regionales.
El parlamentario, autor de la iniciativa legislativa, destacó que un aspecto importante de la norma que crea el CONAPOC es tener variables y estadísticas que permitan enfocar la problemática  y a partir de ello plantear soluciones, por lo que se propone que el Ministerio Público, el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y el INPE informen al CONAPOC trimestralmente y publiquen en sus portales de Transparencia el número de denuncias que son archivadas.
“También deben publicar el número de procesos concluidos mediante mecanismos alternativos de terminación anticipada de los procesos penales; las excarcelaciones por beneficios penitenciarios y el número de internos que trimestralmente salen de los penales del país indicando el motivo”, precisó.
El CONAPOC está integrado por el Ministro de Justicia, quien lo preside;  el Presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos y de la Corte Suprema de Justicia de la República; además del Fiscal de la Nación, el Ministro del Interior, el Defensor del Pueblo, el presidente del Consejo Nacional Penitenciario.
Además del Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales; el alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima; un representante de la Asociación de Municipalidades del Perú y de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú;  el Director General de la Policía Nacional, el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, cuatro representantes de las facultades de Derecho acreditadas de las universidades del país y el Secretario Técnico, en representación de la Secretaría Técnica del CONAPOC.
Las funciones de la Comisión son, entre otras, estudiar el fenómeno criminal del Perú y elaborar el Diagnóstico Nacional sobre las causas del delito y los factores que inciden en su expansión; diseñar, aprobar y supervisar la ejecución del Programa Nacional de Política Criminal, a partir de la información de la realidad nacional, de las conclusiones del Diagnóstico Nacional y asumiendo con carácter vinculante las recomendaciones de los convenios internacionales en materia de prevención del crimen y justicia penal. 
Lima, 13 de octubre de 2011
Oficina de Prensa y RR.PP         
Congresista Octavio Salazar

PROPONEN AUMENTAR AÑOS DE SERVICIO PARA PASAR AL RETIRO EN PNP

El aumento del tiempo mínimo de servicios para que los oficiales superiores y generales de la Policía Nacional del Perú (PNP) puedan ser incluidos dentro los candidatos a pasar al retiro por causal de renovación, a fin de contar  con oficiales aptos para cumplir con el servicio policial,  planteó el congresista Octavio Salazar (Fuerza 2011) en el proyecto de la Ley de Carrera del Personal de la Policía Nacional del Perú.
“Además se ha propuesto el límite de postergaciones en el grado como causal de pase al  retiro para los oficiales policías, que implica el cambio de situación policial cuando después de postular por quinta vez al grado inmediato superior no se obtiene la promoción”, detalló.
Explicó que sobre los ascensos, el Decreto Supremo Nº 010-2008-IN normó sólo los ascensos de los oficiales. “Es necesario que se incluya a los suboficiales y especialistas, por eso se debe regular estos ascensos mediante una ley para evitar que de forma imprevista se produzcan cambios de las reglas de juego que pueden ocasionar perjuicio, incertidumbre e inseguridad entre los postulantes”, dijo.
Agregó que este nuevo marco normativo será el cimiento para la regulación de los procesos de ascensos en la PNP, a fin de que los postulantes a la jerarquía inmediata superior sean materia de una evaluación justa, transparente, idónea y objetiva. “Por ello se requiere  unificar en un mismo cuerpo legal, el ascenso de los oficiales, suboficiales y especialistas de la PNP, considerando requisitos básicos de aptitud con el carácter de obligatorio, tendientes a contar con efectivos policiales compenetrados con su institución”, comentó.
Añadió que la iniciativa legislativa propone como especialidades de la Policía Nacional el Orden y Seguridad; la Investigación Policial; la Administración; la Criminalística y la Inteligencia.   
Afirmó que la propuesta de Ley de Carrera del Personal de la Policía Nacional del Perú tiene  como propósito modernizar la administración de la carrera policial y promover el desarrollo del personal al interior del instituto. En la propuesta  se regula, entre otros aspectos, los principios que rigen el Plan de Carrera Policial; objetivos y el perfil del policía; norma el ingreso;  la formación; el campo profesional y los campos ocupacionales; la capacitación; el nombramiento para los cargos; la evaluación del desempeño; los incentivos; los ascensos y el término de la carrera policial.
Lima, 13 de octubre de 2011     
 Oficina de Prensa y RR.PP
Congresista Octavio Salazar

domingo

LEGISLADOR OCTAVIO SALAZAR ADVIERTE DESCABEZAMIENTO GENERACIONAL POR RETIRO DE GENERALES EN PNP

El parlamentario de Fuerza 2011, Octavio Salazar, saludó la designación del teniente general PNP,Raúl Salazar Salazar como nuevo Director General de la Policía Nacional del Perú, indicando que se trata de un oficial joven, capaz y de alta solvencia profesional.
Sin embargo, subrayó que el pase a situación de retiro de 30 generales de la institución implica en la práctica un descabezamiento generacional, que traerá consecuencias.
En tal sentido, afirmó que el titular de la cartera del Interior debe informar con claridad sobre los motivos que han sustentado el pase al retiro de estos altos oficiales, a fin de no manchar honras ni trayectorias.
Es necesario precisar que el Ministro Oscar Váldez Dancuart afirmó inicialmente que se iba a pasar al retiro a estos oficiales generales de la PNP por razones de índole moral y hasta delictiva, motivo por el cual, según el parlamentario de Fuerza 2011, debe informarse con claridad los motivos de la invitación al retiro.
De otro lado, comentó que los efectos de esta decisión perjudicarán la gestión y la conducción institucional de la PNP debido al descabezamiento generacional, lo cual se apreciará en los próximos meses, por ejemplo, en la cadena de mando de las Direcciones Regionales de la Policía a nivel nacional, pues se dará el caso que un coronel comandará a otros coroneles dentro de la estructura orgánica de las direcciones territoriales, situación que afectará las decisiones funcionales territoriales.
En el caso particular de Lima, refirió que la Séptima Dirección Territorial Policial recientemente ha sido dividida en Norte y Sur, teniendo como eje el río Rímac, lo que viene motivando descoordinaciones operativas y administrativas.

jueves

El país contará con política de Estado para combatir delincuencia

La creación de la Comisión Multisectorial Permanente de Política Criminal permitirá contar con una política de Estado para combatir la delincuencia con medidas que resulten de un trabajo articulado entre instituciones como el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y las autoridades locales y regionales, afirmó el congresista Octavio Salazar (Fuerza 2011), autor de la iniciativa legislativa.
Destacó que un aspecto importante de la norma que crea la Comisión --encargada de planificar, implementar y articular la ejecución de un Programa Nacional de Política Criminal del Estado--es tener variables y estadísticas que permitan enfocar la problemática  y a partir de ello plantear soluciones, por lo que se propone que el Ministerio Público, el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y el  INPE  informen a la Comisión trimestralmente y publiquen en sus portales de Transparencia el número de denuncias que son archivadas.
“También deben publicar el número de procesos concluidos mediante mecanismos alternativos de conclusión como la terminación anticipada de los procesos penales; las excarcelaciones por beneficios penitenciarios y el número de internos que trimestralmente salen de los penales del país indicando el motivo”, precisó.
De acuerdo con el dictamen aprobado en la Comisión de Justicia, la Comisión está integrada por el Presidente de la República o su representante, quien lo preside;  el Presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos y de la Corte Suprema de Justicia de la República; además del Fiscal de la Nación, el Ministro del Interior, el Defensor del Pueblo, el presidente del Consejo Nacional Penitenciario.
Además del Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales; el alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima; un representante de la Asociación de Municipalidades del Perú y de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú;  el Director General de la Policía Nacional, el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, cuatro representantes de las facultades de Derecho acreditadas de las universidades del país y el Secretario Ejecutivo, en representación de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión.
Las funciones de la Comisión son, entre otras, estudiar el fenómeno criminal del Perú y elaborar el Diagnóstico Nacional sobre las causas del delito y los factores que inciden en su expansión; diseñar, aprobar y supervisar la ejecución del Programa Nacional de Política Criminal, a partir de la información de la realidad nacional, de las conclusiones del Diagnóstico Nacional y asumiendo con carácter vinculante las recomendaciones de los convenios internacionales en materia de prevención del crimen y justicia penal. 
Lima, 06 de octubre de 2011
Oficina de Prensa y RR.PP         
Congresista Octavio Salazar
Lic. Ysabel Limache R. 999653324/ 946364334/ 636*4334

miércoles

PROYECTOS DE LEY PRESENTADOS POR EL CONGRESISTA OCTAVIO SALAZAR REFERIDOS A LA SEGURIDAD CIUDADANA

                
PROYECTO DE LEY
           MODIFICACIONES
                   APORTES EN SEGURIDAD CIUDADANA    
  
                   1
Proyecto de Ley N°  81. Regula el empleo de la fuerza por parte del personal de la Policía Nacional del Perú.

Se plantea el uso de la fuerza por los miembros de la Policía Nacional que  les permitirá  actuar legítima y profesionalmente con el objeto de  controlar una situación que atenta contra el orden interno,  haciendo  uso de arma de fuego en  circunstancias particulares que lo ameriten, siempre que  otros medios  disuasivos resulten ineficaces.


             2
Proyecto de Ley N° 82.Plantea crear el Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC)  que es el máximo organismo encargado de la formulación, conducción y evaluación de la Política Criminal del Estado.

Permitirá contar con una política de Estado para  combatir la delincuencia con medidas que  resulten de un trabajo articulado entre instituciones como el Poder Judicial, el  Ministerio Público, el Ministerio de Justicia, la Policía Nacional y las autoridades locales y regionales.
Un aspecto importante de la norma es tener variables  y estadísticas que  permitan enfocar el problema y a partir de ello plantear soluciones, por lo que se propone que el Ministerio Público, el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y el  INPE  informen al  CONAPOC trimestralmente y publiquen en sus portales de transparencia el número de denuncias que son archivadas; el número de procesos concluidos mediante  mecanismos alternativos de conclusión como la terminación anticipada de los procesos penales; las excarcelaciones por beneficios penitenciarios; el número de internos que trimestralmente salen de los penales del país indicando el motivo.
    3
Proyecto de Ley N° 83. Modifica artículos del  Código Penal referidos al delito de receptación.
Modifica los artículos 194° y 195° del  Código Penal referidos al delito de receptación.
Para el delito de receptación se agravan las penas elevándose   el máximo de la pena a cuatro años y para el caso de reincidentes y habituales se les aplicara el máximo de la pena. Actualmente el mínimo de la pena es un año y el máximo tres,  no se establece nada en caso de  reincidentes ni habituales.
Se propone además que se considere la  receptación agravada que merece  pena mínima no menor de seis ni mayor de diez años, si se trata de bienes provenientes de los delitos de secuestro, extorsión, trata de personas. Se  agregan hurto agravado, robo agravado y si se trata de partes importantes de vehículos automotores.

   4
Proyecto de Ley N° 84. Se impone sanción a las autoridades locales y regionales que no instalen ni convoquen a su respectivo Comité de Seguridad Ciudadana.

Modifica los artículos 20° y 25° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, e incorpora el Capítulo VI a la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.
La seguridad ciudadana es una tarea que convoca a todos por ello es preocupante que falten instalar 991 comités distritales de seguridad ciudadana en todo el país, que representa el 60.50% del total; mientras que los comités provinciales de seguridad ciudadana por instalar suman 64, que significa el 32.99% del total.  Además falta elaborar planes de seguridad ciudadana que el ámbito distrital que asciende a 1318 (80.46%); en el ámbito provincial la cifra es 118 (60.82%), en tanto que a nivel de los gobiernos regionales faltan elaborar 11 planes de seguridad ciudadana.   

   5
Proyecto de Ley N° 176. Propone modificar diversos artículos de la ley que regula el proceso de pérdida de dominio, dado mediante Decreto Legislativo N° 992, modificado por la Ley N° 29212.

Modifica el artículo 1° y 2° y el inciso 11.1 del artículo 11°  del Decreto Legislativo N° 992 que regula el proceso de pérdida de dominio.
Modifica la primera disposición final y complementaria del Decreto Legislativo N° 992.
Se propone incorporar como causales para  la declaración de la pérdida de dominio a los siguientes delitos: delitos contra la administración pública en la modalidad de corrupción de funcionarios (Cohecho artículo 393º,394º,395º,396º del Código Penal),  enriquecimiento indebido, robo agravado y receptación.

   6
Proyecto de Ley N° 177. Plantea modificaciones a la legislación procesal penal vigente.
Modifica los artículos 135° del Código de Procedimientos Penales; además se plantea que entren en vigencia a nivel nacional los artículos 160º y 161º  del nuevo Código Procesal Penal (NCPP).
Además se modifican los siguientes artículos del NCPP
-Artículo 161°
-Artículo 268° b
- Artículo 269°
- Artículo 270°
-Artículo 342°
- Artículo 471°
-Modificaciones a la legislación Procesal Penal vigente que implica la modificación del Código de Procedimientos Penales de 1940, al Código Procesal Penal de 1991 y al Código Procesal Penal del 2004. Las  modificaciones son las siguientes: Se plantea la derogación del artículo 136º del Código de Procedimientos Penales de 1940 que regula la confesión sincera, ya que esta aún se aplica en Lima y Callao donde están más del 53 % de los procesos penales del país; y permite que se rebaje la pena al confeso hasta límites inferiores por debajo del mínimo legal  sin importar la situación de flagrancia.
-Se plantea que de forma inmediata entren en vigencia a nivel nacional  los artículos 160º y 161º  del nuevo Código Procesal Penal  que regulan, de manera más efectiva, la figura de la confesión sincera excluyendo de los efectos de esta  los supuestos de flagrancia.
-Se propone la modificación del artículo 161º del nuevo Código Procesal Penal  para que los efectos de reducción de pena que se otorgan al confeso hasta en una tercera parte por debajo del mínimo de la pena, no se apliquen a los reincidentes ni habituales y a los que están siendo investigados por delitos graves como secuestro, robo agravado, hurto agravado, extorsión, tráfico ilícito de drogas.
-Se plantea la posibilidad de dictar mandato de detención provisional para delitos cuyo mínimo de la pena sea superior a un año de pena privativa de la libertad. En la actualidad esta se aplica para delitos cuyo mínimo de la pena es mayor a cuatro años de pena privativa de la libertad. Esta modificación permitirá que delitos como robo e incluso hurto merezcan de inicio prisión provisional, si además concurren otros requisitos exigidos por ley, vale decir que se haya identificado al autor del delito, las pruebas sean determinantes para ello, que haya peligro de fuga y que el investigado muestre señales de querer obstruir la investigación.
-Se modifica el artículo 342° del nuevo Código Procesal Penal que regula el plazo de la investigación preparatoria, estableciendo que   tratándose de investigaciones complejas como tráfico ilícito de drogas; terrorismo; lavado de activos se amplíe el plazo  de 16 meses a 2 años con el objeto de que la investigación sea más efectiva, ello se hace recogiendo una exhortación efectuada por el Tribunal Constitucional.
-Se modifica los  artículos 269º y 270º del nuevo Código Procesal Penal con el objeto de brindar criterios que aclaren los conceptos de peligro de fuga y peligro de obstaculización de la investigación por parte del investigado, lo que constituye una herramienta que facilitará la labor de los jueces y fiscales del país.
-Se modifica el artículo 471º del nuevo Código Procesal Penal que regula los beneficios que se otorgan para los que se acogen al proceso especial de terminación anticipada, que significa una reducción de la pena hasta de una sexta parte y esta es acumulable con los efectos de los que se acojan a la confesión, lo que determina penas benignas. La modificación planteada consiste en eliminar la acumulación indicada.   Asimismo los investigados por delitos graves como robo agravado, hurto agravado, secuestro, extorsión, lesiones graves, terrorismo, tráfico ilícito de drogas no tendrán el beneficio de reducción de pena que dispone este artículo. 


  7
Proyecto de Ley   N° 241. Sanciona con cadena perpetua a los que cometen robo agravado, en la modalidad conocida y efectuada por los “MARCAS” y agrava la pena del delito de extorsión.
Modifica los artículos 189° y 200° del  Código Penal.
Al modificar el artículo 189° se sanciona con cadena perpetua a los que cometen robo agravado, en la modalidad conocida y efectuada por los “MARCAS” reincidentes o habituales. Se trata de delitos cometidos por delincuentes que identifican y estudian a sus víctimas esperando la oportunidad en que están vulnerables o se sabe que llevan sumas importantes de dinero retiradas de bancos, financieras o cajas de seguridad.
Se  plantea la modificación del artículo  200º del Código Penal con el objeto de agravar la pena del delito de extorsión, de esta forma se incrementará gradualmente pudiendo llegar  hasta cadena perpetua  cuando, entre otros aspectos,  el victimario utiliza a menores de edad.
8
Proyecto de Ley N° 240. Modifica el artículo 5° de la Ley que Promueve las Emisiones de Valores Mobiliarios y Fortalece el Mercado de Capitales.
Modifica el artículo 5° de la Ley que Promueve las Emisiones de Valores Mobiliarios y Fortalece el Mercado de Capitales.
Los beneficios de esta iniciativa legislativa  son: preserva la seguridad de las empresas, al reducir la vulnerabilidad a fuentes de información que propicien asaltos, extorsiones o secuestros; respeta la reserva tributaria y el secreto bancario y no restringe información a la SUNAT, sistema financiero, y ministerios; los cuales se continúan haciendo de conformidad a las normas correspondientes.




Aprueban creación de la Comisión Multisectorial Permanente de Política Criminal

A iniciativa del congresista Octavio Salazar, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos aprobó la creación de la Comisión Multisectorial Permanente de Política Criminal encargada de planificar y ejecutar un programa nacional de política criminal del Estado. La creación de la Comisión permitirá contar con una política de Estado para combatir la delincuencia con medidas que  resulten de un trabajo articulado entre instituciones como el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio de Justicia, la Policía Nacional y las autoridades locales y regionales.


PROYECTO DE LEY

Los Congresistas que suscriben, a iniciativa del Congresista Octavio Salazar Miranda, al amparo de lo previsto en el artículo 107º de la Constitución Política del Perú, y cumpliendo con los requisitos previstos en el articulo 76 del Reglamento del Congreso del Congreso de la República, presentan el Proyecto de Ley siguiente:


LEY QUE CREA EL CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA
CRIMINAL - CONAPOC


Artículo 1º.-  Consejo Nacional de Política Criminal

Créase El Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC)  que es el máximo organismo encargado de la formulación, conducción y evaluación de la Política Criminal del Estado.
Sus funciones son de carácter permanente. Las entidades que la conforman otorgan las facilidades que requieran sus representantes para el cumplimiento de sus labores.

Artículo 2º.- Integrantes
El Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC) está integrado por los siguientes representantes:

1.    Un representante del Ministerio de Justicia, que lo preside.
2.     Un representante de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
3.    Un representante de la Corte Suprema de Justicia de la República.
4.    Un representante de la Fiscalía de la Nación.
5.    Un representante del Instituto Nacional Penitenciario.
6.    Un representante del Ministerio del Interior, en representación del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana.
7.    Un representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales.
8.    Un representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
9.    Un representante de la Asociación de Municipalidades del Perú.
10.  Un representante de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú.

Los representantes deben gozar de solvencia moral y tener estudios especializados en las materias propias de su función. Cada representante tiene derecho a voz y voto. El Presidente tiene voto dirimente.

El Pleno es la máxima instancia del Consejo Nacional de Política Criminal y resuelve por mayoría simple. Se reúne obligatoriamente el primer día útil de cada trimestre. Puede convocar a otras instituciones u organismos estatales, cuyos representantes pueden asistir a las sesiones con voz pero sin voto.

Le corresponde al Ministerio de Justicia implementar la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Criminal.


Artículo 4º.- Funciones

El Consejo Nacional de Política Criminal tiene las siguientes funciones:

1.    Formular el Programa Nacional de Política Criminal del Estado.
2.    Elaborar un diagnóstico situacional de las políticas criminales del Estado y evaluar la aplicación del Programa Nacional de Política Criminal del Estado.
3.    Fomentar la investigación en materia política criminal.
4.    Articular e interrelacionar las instituciones que la conforman y otros involucrados en las políticas criminales del Estado.
5.    Elaborar anteproyectos de normas vinculadas con la política criminal, que son remitidas al Poder Ejecutivo y al Congreso de la República, según corresponda.
6.    Sistematizar las políticas, lineamientos y orientaciones aplicables en función a los criterios de distribución de los recursos asignados dentro del sistema penal.
7.    Absolver consultas u opiniones sobre materias relacionadas con el Programa Nacional de Política Criminal.
8.    Otras que por Ley se establezcan.


Artículo 5º.- Instalación y reglamento

El Consejo Nacional de Política Criminal se instala en un plazo de treinta (30) días desde la vigencia de la presente Ley. Asimismo, elabora su reglamento dentro de los treinta días (30) desde la fecha de su instalación.

Artículo 6º .- Información al CONAPOC
El Ministerio Público, el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia, INPE,  informan según les corresponda al CONAPOC, trimestralmente,  sobre el número de denuncias que son archivadas,  de los procesos concluidos mediante  mecanismos alternativos de terminación anticipada de los procesos penales, sobre las excarcelaciones por beneficios penitenciarios,  el número de internos que trimestralmente salen de los penales del país indicando el motivo . Dicha información no tiene el carácter de reservada y debe ser publicada en los portales de transparencia  de las entidades que la otorgan.

Disposición Final

PRIMERA.- Información al Congreso de la República

El Consejo Nacional de Política Criminal da cuenta anualmente al Congreso de la República sobre  la aplicación de la presente Ley.

Lima, 16 de agosto  del 2011.

OCTAVIO SALAZAR MIRANDA
Congresista de la República

EXPOSICION DE MOTIVOS

La política criminal al igual que las otras políticas nacionales  públicas como política en salud, educación, económica, energética, debe ser  un  conjunto de aspectos que deben interactuar a efectos que se consiga un resultado  positivo, estos aspectos son  desde familiares, sociales, educativos, culturales hasta técnicos jurídicos.
Al hablar de un aspecto familiar, social  y cultural , estamos involucrando   a la familia como el núcleo básico de toda sociedad y es ahí donde empieza la formación en valores y principios de la persona, en tal virtud es necesario fortalecer a la familia mediante oportunidades laborales y de superación, para que sus miembros sean gente de bien que busque el bienestar personal, familiar y social dentro del orden legal vigente.
Al mencionar educación hacemos referencia a la formación en las escuelas y colegios públicos y privados de todo el país que deberán  complementar la formación académica con formación  en valores  a efectos que los estudiantes  acepten los beneficios del esfuerzo del trabajo y estudio y las consecuencias de actuar en contra de ello y de  lo establecido por ley.
Respecto de lo técnico jurídico, partiendo de la Constitución y siguiendo la realidad   social y su dinámica se debe tener una visión amplia de los supuestos de prevención de los actos delictivos, los supuestos  que determinaran la punibilidad de un acto, asimismo la sanción a imponerse de forma tal que esta no sea reactiva sino real y permanente en el tiempo dentro de los parámetros mínimos y máximos de la pena, determinando los factores de culpabilidad y de intención es decir el dolo.  
Dentro de éste aspecto jurídico también es necesario tener presente el tema de los beneficios penitenciarios, quienes los merecen, la discrecionalidad para su aplicación, la forma de medición y control  por el INPE para favorecer a los internos con estos beneficios, la resocialización, todo ello por cierto dentro del marco constitucional como se ha indicado.
Por ello esta labor no sólo puede efectuarla el legislador dando normas de carácter  reactivas ante casos mediáticos, esta labor como toda política nacional implica la participación de diferentes sectores del Estado y sociedad a efectos de articular una política coherente de solución al problema de criminalidad e inseguridad que se vive en nuestra sociedad y en diferentes partes del mundo.
Esta política articulada debe tener respuestas que no sean improvisadas o reactivas, sino ser fruto o respuesta dentro de lo que articulada y multisectorialmente se  ha trabajado.
La actividad punitiva se ha convertido en un factor de inestabilidad social y dentro de los factores de riesgo país, siendo actualmente viable y accesible para la inversión y el desarrollo de proyectos sostenibles, esta variable de criminalidad e inseguridad es un factor que poco a poco va a desalentar la inversión lo que merece de manera urgente una respuesta por parte del Estado siendo la presente iniciativa de ley un respuesta para poder articular en un mediano plazo una política integral que ataque de manera coherente el fenómeno de la criminalidad e inseguridad.
Es por ello que la presente iniciativa no se contrapone con la existencia del CONASEC y el tema de la seguridad ciudadana.
 Se entiende por Seguridad Ciudadana, a la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas. ( definición de seguridad ciudadana artículo 2 de la Ley 27933 de Creación del CONASEC).
Como se aprecia el rol del CONASEC  es motivar e incentivar la participación de la ciudadanía para disminuir los índices de inseguridad ciudadana y de prevenir la comisión de faltas y delitos, la misión del CONAPOC es mayor ya que busca diseñar un plan nacional que alimente conjuntamente con otras políticas de Estado la necesidad de combatir a la delincuencia no desde hechos aislados sino desde su origen es decir estudiar los hechos para criminalizar o descriminalizar delitos, beneficios penitenciarios la forma y consecuencias de su aplicación, diseñando estrategias de prevención, ejecutando acciones y promoviendo normas coherentes y sistemáticas que interpreten y solucionen el problema en su conjunto.
En resumen la existencia de una política criminal es el marco  del cual se deben extraer las alternativas para desarrollar las acciones en materia de seguridad ciudadana.
Así observamos que La Constitución dispone la lucha contra el tráfico ilícito de drogas artículo 8: “El Estado combate y sanciona el tráfico ilícito de drogas. Asimismo, regula el uso de los tóxicos sociales.”
Esta norma debe desarrollarse e incorporar a la lucha contra el tráfico de drogas  dentro del contexto de una política criminal del Estado, en atención a lo que la misma Constitución dispone.
 La misma Constitución Artículo 44  señala como un deber del Estado “defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.”
Este artículo respalda por si sólo la presente iniciativa ya que pretende a partir de la creación del CONAPOC articular tareas interinstitucionales para diseñar una política criminal nacional, que permitirá disminuir las amenazas contra la seguridad que sufre cotidianamente la población y con ello contribuirá a promover el bienestar de esta.
QUIENES INTERVIENEN PARA CONFECCIONAR UNA POLITICA CRIMINAL NACIONAL
Deben intervenir los tres poderes del Estado pero deben interactuar y al momento de actuar  de acuerdo a sus competencias y funciones tienen que hacerlo de manera tal que sea resultado de la previa coordinación del trabajo en conjunto.
Así le corresponde al Poder Ejecutivo disponer de los fondos que sean necesarios para la implementación efectiva de las políticas acordados en el seno del Consejo de Seguridad Ciudadana, es entendible que el gobierno deberá plantear sus propios lineamientos de política criminal pero estos deben ser sistematizados con los aportes de los demás integrantes del sistema, ya que la política criminal no es una política de gobierno si no es mas bien una política de Estado, es decir que trasciende al gobierno de turno.
Asimismo dentro del Ejecutivo se hace indispensable la presencia del Ministerio del Interior  y la natural participación de la Policía Nacional, quienes aportan con su experiencia en la lucha contra la delincuencia el aspecto practico, casuístico técnico fundamental para el diseño del marco general de la Política Criminal del Estado. 
También la participación del Ministerio de Justicia con el INPE.
La participación del Poder Judicial y del Ministerio Público quienes son los que van a aplicar las normas.
La participación del Poder Legislativo quienes darán el marco legal resultado de la interacción de todos los sectores intervinientes.
TENEMOS UNA VERDADERA POLITICA CRIMINAL
La respuesta es no y los hechos, la realidad cotidiana nos demuestran esta verdad, por ejemplo el caso de la niña Romina, que motivó un debate sobre el tema de la seguridad ciudadana y la eliminación de beneficios penitenciarios, luego la muerte de la Contadora que fue arrojada en la vía publica por barristas del Club Universitario de Deportes propicio similar debate en el Congreso y se debatió en el seno de la comisión de Justicia y Derechos Humanos llegando hasta el pleno del Congreso un proyecto de Ley que pretende regular la violencia en los espectáculos públicos deportivos, lo mas reciente el caso de la niña Arianna Reggiardo hija del Congresista Renzo Reggiardo, hace que nuevamente se toque el tema de seguridad ciudadana de manera reactiva y aislada cuando el problema es mas grande yas respuestas son aisladas por que no se tiene una política criminal nacional. Esta política repito debe estar en el contexto del respeto a la Constitución y las leyes.
FUNCIONES
Formulación de la Política Criminal del Estado, política, elaborar anteproyectos de propuestas legislativas para ser tramitadas vía Congreso de la República o Poder Ejecutivo, Fomentar la investigación en materia de política criminal. Articular e interrelacionar las instituciones que la conforman y otros involucrados en las políticas criminales del Estado.
INFORMACION AL CONAPOC
Es fundamental para los objetivos que tiene el CONAPOC el contar con  información actualizada que deben brindar los organismos que lo conforman, esta información va a permitir tener un diagnóstico de la realidad que será una variable para diseñar e implementar la política criminal que es la función principal y la razón de ser  esta Institución que se pretende crear con la presente iniciativa legislativa. Dicha información no debe tener el carácter de reservada.




INCORPORAMOS ADICIONALMENTE DOS CUADROS COMPARATIVOS RESPECTO DE LA LEY 27933 DE CREACION DEL CONASEC Y EL PROYECTO DE LEY DE CREACION DEL CONAPOC A EFECTOS QUE  SE PUEDAN VER OTRAS DIFERENCIAS ENTRE UNO Y OTRO.

LEY 27933 DE CREACION DEL CONASEC
PROYECTO DE LEY CONAPOC
Artículo 7.- Miembros del Consejo
El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana está integrado por:
- El Ministro del Interior, quién lo presidirá.
- El Ministro de Justicia o su representante.
- El Ministro de Educación o su representante.
- El Ministro de Salud o su representante.
- El Ministro de Economía y Finanzas o su representante.
- Un representante de la Corte Suprema de Justicia.
- El Fiscal de la Nación o su representante. (*)
- El Defensor del Pueblo o su representante.
- Dos Presidentes Regionales o sus representantes.
- El Alcalde Metropolitano de Lima o su representante.
- Los Alcaldes de las dos provincias capitales de departamento con mayor número de electores o sus representantes.
Los representantes del Poder Ejecutivo serán designados por Resolución Suprema firmada por el titular del respectivo sector, y los demás representantes serán designados por el titular de la entidad correspondiente
Artículo 3º.- Integrantes
El Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC) está integrado por los siguientes representantes:

1.           Un representante del Ministerio de Justicia, que lo preside.
2.           Un representante de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
3.           Un representante de la Corte Suprema de Justicia de la República.
4.           Un representante de la Fiscalía de la Nación.
5.           Un representante del Instituto Nacional Penitenciario.
6.           Un representante del Ministerio del Interior, en representación del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana.
7.           Un representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales.
8.           Un representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
9.           Un representante de la Asociación de Municipalidades del Perú.

Los representantes deben gozar de solvencia moral y tener estudios especializados en las materias propias de su función. Cada representante tiene derecho a voz y voto. El Presidente tiene voto dirimente.

Ley 27933 de Creación CONASEC
Proyecto de Ley
Artículo 9.- Funciones del Consejo
a) Establecer las políticas y el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana.
b) Aprobar los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana.
c) Promover la investigación en materia de Seguridad Ciudadana.
d) Evaluar la ejecución de la política de Seguridad Ciudadana.
e) Promover el intercambio y/o cooperación internacional en materia de Seguridad Ciudadana.
f) Elaborar anualmente un Informe Nacional sobre Seguridad Ciudadana;
g) Informar a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno e Inteligencia del Congreso de la República sobre los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana antes de su respectiva aprobación.
h) Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines.

Articulo 4º El Consejo Nacional de Política Criminal tiene las siguientes atribuciones:

1.           Formular el Programa Nacional de Política Criminal del Estado.
2.           Elaborar un diagnóstico situacional de las políticas criminales del Estado y evaluar la aplicación del Programa Nacional de Política Criminal del Estado.
3.           Fomentar la investigación en materia política criminal.
4.           Articular e interrelacionar las instituciones que la conforman y otros involucrados en las políticas criminales del Estado.
5.           Elaborar anteproyectos de normas vinculadas con la política criminal, que son remitidas al Poder Ejecutivo y al Congreso de la República, según corresponda.
6.           Sistematizar las políticas, lineamientos y orientaciones aplicables en función a los criterios de distribución de los recursos asignados dentro del sistema penal.
7.           Absolver consultas u opiniones sobre materias relacionadas con el Programa Nacional de Política Criminal.
Otras que por Ley se establezcan


La presente iniciativa tiene su antecedente en los proyectos de ley 156/2006 CR y 267/ 2006 CR así como dictamen de la Comisión de Justicia del Congreso de la República y su texto sustitutorio de fecha 02 de setiembre del 2010, el que sirve de base a la formula legal propuesta en el presente proyecto de ley con las modificaciones que allí aparecen.