“A pesar de desistir en su inscripción, el MOVADEF debe ser denunciado por apología al terrorismo ya que sus actividades realizadas con anterioridad al proceso de inscripción configura el delito de apología al terrorismo”, afirmó el congresista Octavio Salazar (Fuerza 2011).
“Los miembros de Sendero Luminoso, a través del MOVADEF, difusores del Marxismo-Leninismo-Pensamiento Gonzalo, no tienen como objetivo central el inscribirse formalmente en el sistema democrático de partidos. Si ello fuera así, por lo menos habrían renunciado al ideario criminal enarbolado por su máximo líder, Abimael Guzmán. Lo que persiguen en realidad es victimizarse, así como una mayor difusión de sus actividades”, comentó.
Detalló que frente al accionar del MOVADEF, urge invocar la sanción establecida en el artículo 316º del Código Penal, así como el fundamento 88 de la Sentencia el Tribunal Constitucional Nº 010-2002/AI, del 3 de enero de 2003, que establece los siguientes parámetros para la aplicación de la apología al terrorismo: “a) Que la exaltación se refiera a un acto terrorista ya realizado; b) Que cuando la apología se refiera a la persona que haya cometido el delito, esta debe tener la condición de condenada por sentencia firme; c) Que el medio utilizado por el apologista sea capaz de lograr la publicidad exigida por el tipo penal, es decir, que debe tratarse de una vía idónea para propalar el elogio a un número indeterminado de personas; y, d) Que la exaltación afecte las reglas democráticas de pluralidad, tolerancia y búsqueda de consenso”. Además, el artículo 13, numeral 5) de la Convención Americana sobre derechos Humanos, señala que “estará prohibida por la ley toda propaganda a favor de la guerra y toda apología de odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia…”
Añadió que en el ámbito político, desde 1992, mientras los gobiernos de turno se concentraron, y todavía se centran, en derrotar militarmente a los remanentes terroristas, estos comenzaron a ganar una guerra que no tiene plazos, mediante la difusión de su ideología, que acompañada de una eficaz estructura organizativa, les ha permitido insertarse, lamentablemente con éxito, en varios sectores de la juventud universitaria, en el Magisterio y también en los Frentes de Defensa, pues aunque sean minoritarios, por ahora son bastante activos políticamente.
PROPUESTAS PARA FRENAR TERRORISMO
Frente a este escenario, opinó que el reto para los partidos adscritos al sistema democrático es desarrollar una estrategia integral y concertada para enfrentarlos en todos los terrenos. “En el espacio del Parlamento, he presentado el proyecto de ley N° 783/2011-CR, que plantea incorporar como delito la recolección de fondos y el financiamiento del terrorismo en la Ley penal antiterrorista, Decreto Ley N° 25475; así como el Proyecto de Ley 733/2011-CR que propone modificar el artículo 5° de la Ley N° 28094, Ley de Partidos Políticos prohibiendo la inscripción de organizaciones políticas que constituyan amenaza al sistema democrático”, refirió.
Además, el congresista Octavio Salazar presentó la Moción de Orden del Día N° 2171, mediante la cual se insta al Gobierno Nacional para que de conformidad a las atribuciones conferidas en el Decreto legislativo 1068 inicie acciones legales contra el MOVADEF por delito de apología al terrorismo invocando, para tal efecto, la sanción establecida en el artículo 316º del Código Penal, así como el fundamento 88 de la Sentencia el Tribunal Constitucional Nº 010-2002/AI.
Lima, 01 de febrero de 2012
Oficina de Prensa y RR.PP.
Congresista Octavio Salazar
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